Competencias:
Asesorar y dictaminar en tosa la legislación, tanto de fondo cuanto de forma relacionada directamente con la seguridad pública interior, especialemnte en materia de tenencia y uso de armas, el accionar de organizaciones delictivas a través de la violencia, la prevención de la comisión reiterada de delitos de esta indole en lugares urbanos y rurales, asi como también en rutas y en lugares de frecuente concentración de personas y instrumentos de toda medida legal que tienda a una mejor protección de la seguridad de las personas y de los bienes.
Competencias:
Dictaminar sobre todo asunto o proyecto relacionado con los transportes terrestres, marítimos, fluviales, o aéreos, tarifas y fletes; caminos, puentes, puertos y aeropuertos.
Competencia:
Artículo 66: Compete a la Comisión de Educación dictaminar sobre todo asunto o proyecto relacionado con: